Aumenta el monto de multas por extranjeros sin permiso laboral

En días pasados, el Gobierno Nacional de Panamá, publicó en la Gaceta Oficial las nuevas políticas laborales en pro del trabajador. Estas son las leyes No. 237 y 238, ambas del 15 de septiembre de 2021.
La primera, se trata del aumento en el monto de las multas en caso de una tercera reincidencia ocasionada por tener laborando personal extranjero sin permiso de trabajo, estableciéndo una multa de B/.15,000.00, sin importar la cantidad del número de trabajadores que se encuentren sin permiso de trabajo, sin perjuicio de la suspensión temporal del Aviso de Operación por parte del Ministerio de Comercio e Industrias.
Esta norma también crea la Jurisdicción Coactiva del Ministerio de Trabajo, en donde el ministerio le delega a jueces ejecutores, el cobro de las obligaciones existentes a favor del Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral, en concepto de servicios, permisos, multas, daños causados a bienes de su propiedad o cualquier crédito u obligación que se tenga con esta institución y se encuentren morosas.
La segunda norma, por otro lado, amplía el alcance del Fuero de Maternidad a los padres por el primer año de vida del menor, sólo en aquellos casos de que la mujer en estado de gravidez no cuente con un empleo formal o fallezca durante el parto o dentro de los 12 meses siguientes al parto.
Este fuero se suspenderá si se comprueba que la mujer en estado de gestación o posterior al parto, llega a contar con un trabajo formal. Es importante recalcar que esta norma empezará a regir tan pronto se levante el Estado de Emergencia decretado por el Gobierno Nacional.
¿Les gustaría saber más sobre estos cambios y cómo podrían afectarlo a usted o a su empresa?
No dude en contactarnos para asesorarle.
Deja una respuesta